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 JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA

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Mari28
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MensajeTema: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptySáb Nov 19 2011, 21:15

HOLA QUISIERA SABER EN CASO DE CHOFERES DE COLECTIVOS URBANOS O DE LARGA DISTANCIA, QUE LEY SE APLICA LA 20.740 O DECRETO 4257/68 ART 1 INC D??? NECESITO SABER PORQUE DIFIEREN EN LOS AÑOS DE APORTES. MUCHAS GRACIAS
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FLORCITA73
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptySáb Nov 19 2011, 21:40

Mari28 escribió:
HOLA QUISIERA SABER EN CASO DE CHOFERES DE COLECTIVOS URBANOS O DE LARGA DISTANCIA, QUE LEY SE APLICA LA 20.740 O DECRETO 4257/68 ART 1 INC D??? NECESITO SABER PORQUE DIFIEREN EN LOS AÑOS DE APORTES. MUCHAS GRACIAS

Mari:

Tengo este apunte. Fijate si te sirve.


Respecto a los choferes existen en Régimen diferencial 4 casos:

a) Camionero/Fletero dependiente: 55/25 código 29 art.1 Ley 20740
b) Camionero/Fletero autónomo: 60/30 art.2 Ley 20740
c) Conductor de Omnibus/Transporte Colectivo: 55/30 código 01 inc d) art.1 Dto.4257/68
d) Taxista propietario autónomo: 60/30 Decreto 629/73

Así, te paso un resumen:

TRANSPORTE DE CARGA

Art. 1 ley 20.740 (Sanc. 4.9.74, prom. de hecho, B.O. 30.9.74): "Tendrá derecho a la jubilación ordinaria con 55 años de edad y 25 de servicios el personal en relación, de dependencia que se desempeñe habitualmente en tareas de conducción de vehículos automotores de transporte de cargas en general, urbano, interurbano o de larga distancia".
Art. 2: "Tendrán derecho a la jubilación ordinaria con 60 años de edad y 30 de actividad los trabajadores que habitualmente desempeñen en forma autónoma las tareas mencionadas en el artículo anterior."

Res. 157775 del 23.8.82 y res. 138006 del 5.10.81 de la Com. Nac. Prev.: No es necesario que el empleador se dedique exclusivamente al transporte de cargas.
Los choferes del transporte de dinero y documentación bancaria están comprendidos en la ley 20.740 (res. 217515 del 25.9.85 Com. Nac. Prev.).
Los vendedores que son choferes de vehículos en que transportan la mercadería que venden están dentro de la ley 20.740 -res. 177939 del 15.8.82-.
Los choferes que distribuyen cigarrillos y golosinas al por mayor están comprendidos (res. 152514 del 7.6.82 C.N.P.).
El reparto de soda y bebidas gaseosas en vehículos de la empleadora está comprendido en la ley (res. 150552 del 10.5.82 C.N.P.).



PD. Por favor, no escribas con mayusculas.

slds.
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Mari28
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptyDom Nov 20 2011, 11:30

Hola muchisimas gracias por la respuesta Florcita, el problema que la persona es colectivero y encuadra tanto en el decreto como conductor de omnibus como tambien en la ley 20.740, el problema es que cambian los años de aportes en el decreto son 25 y en la ley son 30 y no se cual tengo que aplicar porque encuadraria en los dos. No se si me explico bien.
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FLORCITA73
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptyDom Nov 20 2011, 11:44

Mari:

Podes ayudarte con lo que dice la certificacion de servicios y el código de servicios que aparece en la sábana de aportes.
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Mari28
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptyDom Nov 20 2011, 12:06

hola muchas gracias por tus respuestas rapidas, es mi primera jubilacion y por eso estoy un poco perdida. En la certificacion de servicio le pusieron casi todos los años de aportes como Servicios especiales codigo 005 y dos años y 11 meses como servicios comunes codigo 001.
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptyDom Nov 20 2011, 12:21

Y no hacen mencion en la certificacion al Decreto a que corresponden ?

De que año son los servicios ?

En la sabana de aportes cual es el codigo de los servicios ?
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Mari28
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptyDom Nov 20 2011, 12:27

Florcita muchas gracias por toda tu ayuda encontre que en la certificacion de servicios la ultima hoja dice que todos los aportes corresponden al decreto 4257/68. Muchisimas gracias es que es mi primera jubilacion!!!
Pero te sigo preguntando porque mi suegro es colectivero sigue trabajando pero ya tienen la edad para jubilarse lo que no sabemos es cual es la cantidad de aportes que tiene que hacer. Como puedo averiguar cual de las dos leyes le tengo que aplicar?? Llamo a la UTA que seria el gremio de los colectiveros?? Gracias por todo
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FLORCITA73
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MensajeTema: Re: JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA   JUBILACION COLECTIVERO URBANO Y LARGA DISTANCIA EmptyDom Nov 20 2011, 13:15

-En el apunte que te pasé dice:
c) Conductor de Omnibus/Transporte Colectivo: 55/30 código 01 inc d) art.1 Dto.4257/68

- Estas diciendo que en la certificacion de servicios dice Dto. 4257/68.


- Podes llamar tambien a la UOCRA.

- Algo muy importante tambien, sobre todo si estas empezando con lo previsional.

En la biblioteca tenes mucho material referido a los insalubres, ademas del programa de prorrateo, que te van a ser de mucha utilidad.

suerte¡¡¡¡






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