Te recomiendo leer el dictamen GAJ 43732 Biblioteca y otros, a favor y en contra
En ese fallo negativo para lo queres vos queres invocar, vas a encontrar los puntos de ataque, asi veras que:
La inocencia de la superstite no se presume, debera probarla en Organismo y que el efecto paso del tiempo lo hace mas imposible y por infinidad de fallos se presume inocente si no se demuestra lo contrario
Veras que para la negacion la Gaj toma en cuenta que no ha habido asistencia a la conyugue separada de hecho, en tu caso, si la hay; hasta el presente, donde habita vivienda propiedad del extinto, si eso no es asistencia, la asistencia donde esta ?, no solo con alimentos se asiste.
Pasando a la conviviente repitiendo palabras de una Maestra de nuestra especialidad, debo copiarle que para probar una convivencia es necesario que se compartan techo y lecho, cosa que los DNI desmienten en cuanto al techo, ojo que por la negativa otros dictamenes o fallos relativizan los domicilios coincidentes, una de cal, otra de arena.....
La excibicion publica en aparente matrimonio, si no se comparte por la documental el techo, pueden ser novios, debera esmerarse en apuntalar esta pretension la cointraria y demostrar los tiempos extremos.
Solo recordarte lo que ya sabes de las testimoniales que hablen del destrato, injurias, violencia fisica o psiquica, alcoholismo, adulterio y todo lo que puedas recabar, serian importantes testimoniales sobre la epoca que en tus pagos las podes hacer en Juzgado de Paz para eximir de tan antigua y aun no demostrada culpa a la conyugue.
Una ambiental puede ayudarte en ese domicilio familiar pues al ser indagados los moradores deberan justificar la presencia de la conyugue.
No contas si la conviviente inicio pension, pero para ese caso fijate si piso el palito agrandandose en tiempo de convivencia cuando los esposos cohabitaban (error frecuente de los deponentes), si sale algo asi, la culpa es evidente, causal adulterio y por las alegaciones de la conviviente, contra las propias quiza sea fraude.- Mis saludos
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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-