Hola disculpen soy nuevo en el tema previsional, por ende estoy estudiando; ahora tengo una duda que seguramente para ustedes sera una pavada pero quisiera aclararmela: es sobre la aplicacion del art. 38 de la ley 24241.
Osea se aplica a monotributistas solamente?.
Y en su caso si por ejemplo no se hubiera inscripto al monotributo podria presentar esta declaracion jurada, para acogerse a la ley 24476...?
mmm, desde ya disculpen si mi pregunta no esta a la altura del foro.