El tema es interesante por sí mismo. Habría que constatar si las pagan efectivamente.
Son medidas conminatorias precisamente por el fin que conllevan. El pago inmediato de la sentencia las dejan sin efecto.
Quedará al arbitrio del juez exigirlas integralmente o suspenderlas.
Mirá por favor, este es un archivo interesante, podés extraer material,
http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00019/00022396.Pdf
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Antes de realizar alguna consulta, revisar con la opción “Buscar”. Puede que alguien haya respondido antes esa duda.-