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 Empleador fallecido

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3 participantes
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cleofa
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MensajeTema: Empleador fallecido   Empleador fallecido EmptyJue Abr 19 2012, 13:49


Hola foristas!! antes de realizar esta consulta busque en biblioteca algo al respecto pero no lo encontre...El tema es asi:

Tengo una persona - hombre- que reune la edad para jubilarse. Posee aportes tanto en relacion de dependencia como autonomo, pero segun mis calculos le faltan aun 3 años para reunir los 30 años de servicio.-
Me dice que trabajo en una empresa, cuyos aportes no figuran en su totalidad en la sabana de Anses, entonces le pedi la certificacion de servicios a lo cual se dirige a la empresa y le dicen que no se la pueden realizar porque quien fue su empleador en aquel entonces, fallecio y en la actualidad la razon social es otra......
Entiendo que si la empresa actual es continuadora de la anterior, no habria razon alguna para no realizar la certificacion. Es asi? o hay algo que no estoy teniendo en cuenta?

Muchas gracias!
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Florchi
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MensajeTema: Re: Empleador fallecido   Empleador fallecido EmptyJue Abr 19 2012, 14:12

No tienen obligación de guardar la documentación mas de 10 años posteriores al cese de la relación. Depende del tiempo transcurrido désde que trabajo tu cliente podes usar diferentes maneras de probar la relación laboral. Como sugerencia solicita las certificaciones con una medio probatorio valido como telegrama o carta documento.
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cleofa
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Mensajes : 5

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MensajeTema: Re: Empleador fallecido   Empleador fallecido EmptyJue Abr 19 2012, 14:52

si,si. Gracias por tu repuesta.-
Entiendo que no tiene obligacion de guardar la documentacion por un plazo superior a 10 años. Ahora bien, si mi cliente solicita su certificacion de servicios a la empresa - que es continuadora de la anterior- del padre (persona fisica) a sus hijos (persona juridica) .... el primero fallecio, por lo tanto la continuadora no puede firmar dicha certificacion?? Le diejron que no... y tengo mis dudas de ello....
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Florchi
Auxiliar



Mensajes : 132

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MensajeTema: Re: Empleador fallecido   Empleador fallecido EmptyJue Abr 19 2012, 21:50

Disculpa pero tu duda es bastante básica. Está muy claro que la que responde y tiene derechos y obligaciones es la persona jurídica, enviale un telegrama o carta documento mencionando el articulo 80 de la L.C.T
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Advocatus
Auxiliar



Masculino
Mensajes : 140
Empleo /Ocio : Abogado

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MensajeTema: Re: Empleador fallecido   Empleador fallecido EmptyJue Abr 19 2012, 22:12

Como han manifestado precedentemente envía telegrama y acompaña en el expediente los recibos de sueldos si los hubiere y todos aquellos elementos probatorios que puedan acreditar la existencia de la relación laboral.
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cleofa
Meritorio



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MensajeTema: Re: Empleador fallecido   Empleador fallecido EmptyVie Abr 20 2012, 08:26

ok, gracias Florchi y Advocatus!!! Disculpen la insistencia en la consulta pero me bloquee de una manera que leia y leia y nada!!! ... nuevamente graciasss!!!
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MensajeTema: Re: Empleador fallecido   Empleador fallecido Empty

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