Hola a TODOS!!!!, soy nueva en el foro.
Mi consulta es la siguiente, una mujer de 61 años, con fecha de ingreso al país 24/03/1993 (categoría Transitoria), con 6 años y 7 meses de aportes. Yo había calculado el SiCAM, ampliando su Situación de Revista (SICAM 2) desde 01/1970 -cdo cumplió los 18 años- hasta 04/1993, con lo cual podía jubilarse fácilmente ya que la daba ampliamente los 30 años de aportes... PEROOOOOOO, es verdad que no puede hacerse así? qué debe tomarse desde la fecha que ingresó al país?'