Hola:
Les dejo consulta que via mail me hiciera Elina.
Muchas gracias
HOLA: SOY NUEVA EN EL FORO, PERO TENGO VARIOS AÑOS DE PREVISIONAL. PERO NUNCA ME OCURRIO, ESTOY DESORIENTADA: TENGO UNA DENEGATORIA DE LA CARSS DE UN RTI, CON REL.DE DEPENDENCIA COMPLETADO CON LEY 24476 POR SER IRREGULAR. EL MOTIVO DE LA DENEGATORIA ES Q NO ESTABA INSCRIPTO PREVIAMENTE COMO AUTONOMO. PQ SI LO ADMITEN EN LAS PENSIONES (RES.CARSS 22358/08) NO DEBIERA SER IGUAL EN LA INVALIDEZ???? ADEMAS EN UNA RESOLUCION DE LA CARSS VI Q PLANTEABAN UNA RECONSIDERACION ANTE ELLA MISMA Y RESUELTA A FAVOR. HAY ALGUN ANTECEDENTE??? POR ANALOGIA, LA INVALIDEZ Y LA PENSION DEBIERAN SER RESUELTAS DEL MISMO MODO. POR FAVOR SI HAY ALGO DEL TEMA AVISENME, ESTA CORRIENDO AL PLAZO.... GRACIAS.