abogaditis Meritorio
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| Tema: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 18:19 | |
| Es correcto que aplique el beneficio del articulo 3 de la ley 24476 en los periodos 12/1978 a 11/1983 si ceso en 1999 y se compran periodos 12/1978 A 12/1984? Gracias. |
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GIAN CRUZ Gran Usuario
Mensajes : 322 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 18:31 | |
| - abogaditis escribió:
- Es correcto que aplique el beneficio del articulo 3 de la ley 24476 en los periodos 12/1978 a 11/1983 si ceso en 1999 y se compran periodos 12/1978 A 12/1984? Gracias.
Con cese en 1999 corresponde 5 años de DJ. Aplicalos en los periodos mas caras para abaratar la moratoria. saludos |
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abogaditis Meritorio
Mensajes : 5 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 18:37 | |
| Si comprendo, pero puedo aplicar el beneficio del art. 3 en periodos 12/1978 a 11/1983 si compro periodos 12/1978 A 12/1984, es decir aplico beneficio simultáneo con los periodos que compro? Esto se puede hacer? - GIAN CRUZ escribió:
- abogaditis escribió:
- Es correcto que aplique el beneficio del articulo 3 de la ley 24476 en los periodos 12/1978 a 11/1983 si ceso en 1999 y se compran periodos 12/1978 A 12/1984? Gracias.
Con cese en 1999 corresponde 5 años de DJ. Aplicalos en los periodos mas caras para abaratar la moratoria.
saludos |
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GIAN CRUZ Gran Usuario
Mensajes : 322 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 18:42 | |
| - abogaditis escribió:
- Si comprendo, pero puedo aplicar el beneficio del art. 3 en periodos 12/1978 a 11/1983 si compro periodos 12/1978 A 12/1984, es decir aplico beneficio simultáneo con los periodos que compro? Esto se puede hacer?
- GIAN CRUZ escribió:
- abogaditis escribió:
- Es correcto que aplique el beneficio del articulo 3 de la ley 24476 en los periodos 12/1978 a 11/1983 si ceso en 1999 y se compran periodos 12/1978 A 12/1984? Gracias.
Con cese en 1999 corresponde 5 años de DJ. Aplicalos en los periodos mas caras para abaratar la moratoria.
saludos Si, porque es una condonacion de parte de una deuda. Un beneficio. Te aconsejo que pases por la biblioteca que esta muy completa para que puedas despejar esas dudas grosas que tenes. saludos |
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abogaditis Meritorio
Mensajes : 5 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 18:44 | |
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abogaditis Meritorio
Mensajes : 5 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 18:52 | |
| mi duda se presenta por la existencia de la circular 25/12. |
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GIAN CRUZ Gran Usuario
Mensajes : 322 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 19:15 | |
| - abogaditis escribió:
- mi duda se presenta por la existencia de la circular 25/12.
No se si es la que tengo presente. Ahora voy a verificar. La 25/12 es la que hace referencia a que no se puede aplicar art. 3 encima de periodos en los que hay aportes en relacion de dependencia? Aca es donde hay que tener cuidado y verificar bien que no existan esos aportes porque a veces no salen en la sabana pero existen. En estos casos estaria mal aplicarlo sobre esos periodos. El art. 3 que vos aplicas en el sicam es sobre los periodos autonomos que estas pagando por moratoria. saludos |
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GIAN CRUZ Gran Usuario
Mensajes : 322 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: beneficio art. 3 Jue Jul 26 2012, 19:24 | |
| - GIAN CRUZ escribió:
- abogaditis escribió:
- mi duda se presenta por la existencia de la circular 25/12.
No se si es la que tengo presente. Ahora voy a verificar. La 25/12 es la que hace referencia a que no se puede aplicar art. 3 encima de periodos en los que hay aportes en relacion de dependencia? Aca es donde hay que tener cuidado y verificar bien que no existan esos aportes porque a veces no salen en la sabana pero existen. En estos casos estaria mal aplicarlo sobre esos periodos.
El art. 3 que vos aplicas en el sicam es sobre los periodos autonomos que estas comprando por moratoria.
saludos
Ya la repase. Esta hablando de la Relacion de dependencia y de autonomos. No se puede aplicar sobre aportes en RD y sobre deuda ( previa) de autonomos. |
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| Tema: Re: beneficio art. 3 | |
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