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| consulta pension directa | |
| | Autor | Mensaje |
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moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: consulta pension directa Mar Ago 14 2012, 14:54 | |
| Buenas tardes colegas!! tal vez sea una pregunta tonta, pero me estoy confundiendo. Les cuento: el fallecido, autonomo nació en el agosto del 52, falleció en agosto 97. Esta inscripto categoría A desde octubre del 80 hasta 12/86 y categoria b 1/86 hasta fallecimiento. El único requisito que cumple es de los 12 meses pagos dentro del mes del vencimiento dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. En pago le surgen algunos del 80, pero en detalle de deuda me sale con deuda (valga la redundancia). Los únicos pagos registrados adema de los que acabo de mencionar, son posteriores a partir de 7/93, sumando 2 años y 10 meses. La duda, así como me sale la situación de revista le hago el cálculo?? que pasa con los meses del año 80 que tienen pagos pero figura en detalle de deuda. Si no me equivoco no debo comprar nada, pues tengo los 15 años. Se hace algo en ampliación de revista?. Muchas gracias. |
| | | graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 14 2012, 15:35 | |
| Liquidas todo por la 24241 y solicitas aplicación de Dto. 526/95 y circular 03/08 ( para los meses pagos que adeudan intereses) |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 14 2012, 16:51 | |
| - graciela portugal escribió:
- Liquidas todo por la 24241 y solicitas aplicación de Dto. 526/95 y circular 03/08 ( para los meses pagos que adeudan intereses)
Disculpame, no comprendo, no debo entrar en la moratoria para pagar la deuda desde que se registró hasta setiembre del 93?. Gracias. |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 14 2012, 18:26 | |
| - moni18 escribió:
- graciela portugal escribió:
- Liquidas todo por la 24241 y solicitas aplicación de Dto. 526/95 y circular 03/08 ( para los meses pagos que adeudan intereses)
Disculpame, no comprendo, no debo entrar en la moratoria para pagar la deuda desde que se registró hasta setiembre del 93?. Gracias. Tal vez fui poco clara:autonomo nació en el agosto del 52, falleció en agosto 97. Esta inscripto categoría A desde octubre del 80 hasta 12/86 y categoria b 1/86 hasta fallecimiento. El único requisito que cumple es de los 12 meses pagos dentro del mes del vencimiento dentro de los cinco años anteriores al fallec inscripto autonomo (situacion de revista surge:) 10/80 hasta 12/86 categoria A. Desde 1/87 hasta fallecimiento, 8/97 categoria B. De los períodos hasta 9/93 (lo qeu entraría en la moratoria), surge todo deuda aunque en pagos tiene cinco meses del 80 pagos. Y desde 10/93 hasta 97, solo registra pagos 2años y 10 meses. El único requisito que tengo son los 12 meses dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. Pero no tengo los 15. Con la deuda que ya surge , conforme lo que tiene en situación de revista, sin agragar nada, pensaba liquidarlo con la 24476. La duda era de los meses pagos del 80 y que no registra en situación de revista, y no lo puedo modificar, lo dejo así?. Y respecto a la demas deuda de 9/93 en adelante con 526, eso sí ya lo aprendí gracias a éste foro. Y limpiando, solo liquido con 24476 así como está todo??. Disculpen, pero estoy un tanto confundida y no entendí lo de liquidar con la 24241. Gracia. [ i]REGLAS DEL FORO Y DE ESCRITURA
3.- Es función del foro orientar y/o ayudar con alguna duda puntual sobre Sicam, pero no el control exacto y total del mismo, planteos generales de situaciones de revista, ni realizar ningún tipo de cálculo. Para algunos de éstos existen programas especi[/i]ales pagos. |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 14 2012, 18:35 | |
| - moni18 escribió:
- moni18 escribió:
- graciela portugal escribió:
- Liquidas todo por la 24241 y solicitas aplicación de Dto. 526/95 y circular 03/08 ( para los meses pagos que adeudan intereses)
Disculpame, no comprendo, no debo entrar en la moratoria para pagar la deuda desde que se registró hasta setiembre del 93?. Gracias.
Tal vez fui poco clara:autonomo nació en el agosto del 52, falleció en agosto 97. Esta inscripto categoría A desde octubre del 80 hasta 12/86 y categoria b 1/86 hasta fallecimiento. El único requisito que cumple es de los 12 meses pagos dentro del mes del vencimiento dentro de los cinco años anteriores al fallec
inscripto autonomo (situacion de revista surge:) 10/80 hasta 12/86 categoria A.
Desde 1/87 hasta fallecimiento, 8/97 categoria B. De los períodos hasta 9/93 (lo qeu entraría en la moratoria), surge todo deuda aunque en pagos tiene cinco meses del 80 pagos. Y desde 10/93 hasta 97, solo registra pagos 2años y 10 meses. El único requisito que tengo son los 12 meses dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. Pero no tengo los 15. Con la deuda que ya surge , conforme lo que tiene en situación de revista, sin agragar nada, pensaba liquidarlo con la 24476. La duda era de los meses pagos del 80 y que no registra en situación de revista, y no lo puedo modificar, lo dejo así?. Y respecto a la demas deuda de 9/93 en adelante con 526, eso sí ya lo aprendí gracias a éste foro. Y limpiando, solo liquido con 24476 así como está todo??. Disculpen, pero estoy un tanto confundida y no entendí lo de liquidar con la 24241. Gracia. Creo que mis neuronas estan volviendo: creo que puedo cambiar las categorías en los períodos 80 al 93, salvo los meses del 80 que figuran en pagos. Y luego liquidar, correcto? Gracias. |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Miér Ago 15 2012, 16:39 | |
| - moni18 escribió:
- moni18 escribió:
- graciela portugal escribió:
- Liquidas todo por la 24241 y solicitas aplicación de Dto. 526/95 y circular 03/08 ( para los meses pagos que adeudan intereses)
Disculpame, no comprendo, no debo entrar en la moratoria para pagar la deuda desde que se registró hasta setiembre del 93?. Gracias.
Tal vez fui poco clara:autonomo nació en el agosto del 52, falleció en agosto 97. Esta inscripto categoría A desde octubre del 80 hasta 12/86 y categoria b 1/86 hasta fallecimiento. El único requisito que cumple es de los 12 meses pagos dentro del mes del vencimiento dentro de los cinco años anteriores al fallec
inscripto autonomo (situacion de revista surge:) 10/80 hasta 12/86 categoria A.
Desde 1/87 hasta fallecimiento, 8/97 categoria B. De los períodos hasta 9/93 (lo qeu entraría en la moratoria), surge todo deuda aunque en pagos tiene cinco meses del 80 pagos. Y desde 10/93 hasta 97, solo registra pagos 2años y 10 meses. El único requisito que tengo son los 12 meses dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. Pero no tengo los 15. Con la deuda que ya surge , conforme lo que tiene en situación de revista, sin agragar nada, pensaba liquidarlo con la 24476. La duda era de los meses pagos del 80 y que no registra en situación de revista, y no lo puedo modificar, lo dejo así?. Y respecto a la demas deuda de 9/93 en adelante con 526, eso sí ya lo aprendí gracias a éste foro. Y limpiando, solo liquido con 24476 así como está todo??. Disculpen, pero estoy un tanto confundida y no entendí lo de liquidar con la 24241. Gracia.
[i]REGLAS DEL FORO Y DE ESCRITURA
3.- Es función del foro orientar y/o ayudar con alguna duda puntual sobre Sicam, pero no el control exacto y total del mismo, planteos generales de situaciones de revista, ni realizar ningún tipo de cálculo. Para algunos de éstos existen programas especi[/i]ales pagos. Hola!! lo único que consulto es si en los periodos que van del 80 al 93 que tiene deuda puedo modificar las categorías y liquidar por la 24476, el resto por supuesto 526 y art 3. Cumple con el requisito de 12 meses dentro de los 60 anteriores al fallecimiento, éso ya lo verifiqué. Y si los meses que figuran en pagos del año 80 tambien puedo modificar la categoría. Creo que sí, no estoy seguro, por éso la consulta. Gracias. |
| | | alice Meritorio
Mensajes : 46 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Miér Ago 15 2012, 19:32 | |
| Hola, yo tuve un caso parecido y me lo acordaron, sería irregular con derecho, si tenes uno dentro de los cinco podes completar los 15 con moratoria y si te queda algun período adeudado en la solicitud aplica el decreto. Saludos
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| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Jue Ago 16 2012, 08:07 | |
| - alice escribió:
- Hola, yo tuve un caso parecido y me lo acordaron, sería irregular con derecho, si tenes uno dentro de los cinco podes completar los 15 con moratoria y si te queda algun período adeudado en la solicitud aplica el decreto. Saludos
Gracias Alice por tu amabilidad!!! |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 21 2012, 15:05 | |
| Disculpen, otra duda: respecto a la deuda tanto de capital como de intereses posteriores a 1993 está bien si invoco directamente el decreto 526 y la circ.3 o es necesario prescribir los períodos que se pueden?? (algunos con deuda de intereses no me conviene, y otros porque tienen pagos parciales). Les recuerdo que falleció en el 97. Gracias. |
| | | NOELINA Colaboradores
Mensajes : 739
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 21 2012, 21:23 | |
| NO PRESCRIBAS NADA, CALCULA 14 EN MORATORIA Y SE COMPLETA CON EL AÑO ULTIMO Q DA LA REGULARIDAD. LO Q SEA POSTERIOR AL 93 LO DEJAS CON DEUDA Y PEDIS APLICACION 526/95 |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Miér Ago 22 2012, 08:48 | |
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| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 28 2012, 09:35 | |
| hola!! disculpen colegas, pero me ha surgido una duda...segun he visto reuno los 12/60, pero algunos de los pagos dice: CAMARA COMPENSADORA AUTONOMO, no refiere a ningun decreto, qué significa. Son los períodos del año 93. Podré utilizarlos para la regularidad?? gracias. |
| | | moni18 Meritorio
Mensajes : 43 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: consulta pension directa Mar Ago 28 2012, 09:36 | |
| agrego: CAPITAL CAMARA COMPENSADORA (AUTONOMO). |
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| Tema: Re: consulta pension directa | |
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