Hola Foristas!
Les cuento que tengo mi primer expediente de reajuste en Cámara, apelado por el ANSES y con sentencia favorable de 1º instancia. En estos dias se está cumpliendo la notificación del art. 259 CPCC, y, adelantándome un poco, quisiera ir viendo si me pueden ir dando una mano para ver que le contesto al Anses cuando exprese agravios... Muchos me han dicho que no es necesario decir nada, eso es asi? o es preferible contestar??
Desde ya, y como siempre, muchas gracias!!
Virginia