Gracias por las respuestas......sigo viendo. Es que tenes que dar justo con el criterio de la UDAI, por lo demas te repiten una y otra vez que las resoluciones de CARSS no son vinculantes para ellos. Lo sè, pero al menos para nutrir el sentido comun debieran servir, no? Idem los fallos de corte. gracias nuevamente.-