Buenos dias a todos, tengo una duda con los 10 años de aportes exigidos para la JUBILACION por edad avanzada.-
El art. 34 de la ley 24241 habla de aportes computables.
En mi caso se trata de una sra. de 75 años , extranjera, con ingreso al pais en el años 1982.-
Nunca tuvo aportes .-
Se pueden incorporar los 10 años de aportes a traves de la moratoria ? o debe tratarse de aportes que efectivmante se hayan realizado, desde ya muchas gracias.-