Buen dia foristas, tengo el siguiente caso para comentarles: una señora esta cobrando una pensión directa por fallecimiento de su esposo desde el año 1994. Hoy la señora tiene casi 70 años y no se ha jubilado, porque ante una consulta que ella hizo hace algunos años atras, le dijeron que debía pagar de contado el SICAM, no pudiendo acogerse a la moratoria de la ley 24.474. A mi entender eso es incorrecto, casi estoy seguro que puede acogerse a la moratoria atento a que su pensión es anterior a Octubre de 2006. ¿Es así? o estoy razonando incorrectamente?
Gracias como siempre y espero sus respuestas