Tengo el siguiente caso
El causante, estuvo inscripto en autónomos, falleció el 30 de junio de 1994, quería consultarles que opinión tienen sobre la posibilidad de tramitar una pensión directa con moratoria. Teniendo en cuenta que la persona falleció 15 días antes de la vigencia de la ley 24241.
(la Ley 24.476 resulta inaplicable, cuando la persona que intenta
hacerla valer, no se halla incorporada al SIPA, es decir, cuando su pretensión se
consolidó al amparo de una norma legal distinta de la Ley 24.241 (por ejemplo, el caso
de una pensión directa, donde la muerte del causante, se produjo con anterioridad a la
entrada en vigencia del SIPA).
Si alguien sabe una excepción a esta limitación o alternativa, le agradezco que la comente.
Desde ya muchas gracias a todos por la atención.