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| | Pension ley 18038 | |
| | Autor | Mensaje |
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Gaviota Meritorio
Mensajes : 28
| Tema: Pension ley 18038 Lun Ene 07 2013, 18:56 | |
| Hola amigos, ante todo feliz año! Quisiera que me orienten en este caso que sinceramente es raro. Inicie una pensión ley vieja, fui a la carss, y ahora me la deniegan diciendo que no se pago el mes de fallecimiento, el cual si fue abonado con sus respectivos intereses. El tema es, puedo plantear algún tipo de revisión ante la carss? porque ha habido un error, saludos! |
| | | GIAN CRUZ Gran Usuario
Mensajes : 322 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Pension ley 18038 Lun Ene 07 2013, 22:44 | |
| - Gaviota escribió:
- Hola amigos, ante todo feliz año! Quisiera que me orienten en este caso que sinceramente es raro. Inicie una pensión ley vieja, fui a la carss, y ahora me la deniegan diciendo que no se pago el mes de fallecimiento, el cual si fue abonado con sus respectivos intereses. El tema es, puedo plantear algún tipo de revisión ante la carss? porque ha habido un error, saludos!
Si esta mal denegado corresponde el reclamo. No entiendo por que tuviste que ir a la Carss anteriormente.. saludos cordiales |
| | | Gaviota Meritorio
Mensajes : 28
| Tema: Re: Pension ley 18038 Mar Ene 08 2013, 22:45 | |
| Si esta mal denegado corresponde el reclamo. No entiendo por que tuviste que ir a la Carss anteriormente..
saludos cordiales
Gracias Gian por tu respuesta. Tuve que ir a la CARSS porque solo pague el mes de fallecimiento, y la ANSES me exigia doce meses. El tema es que en la resolucion de la CARSS dicen que el motivo de la denegatoria es q no está acreditado el pago del mes de fallecimiento y si lo está... Lo que que necesito saber es que reclamo es el que debo realizar y si debo presentarlo ante la misma CARSS Gracias! |
| | | GIAN CRUZ Gran Usuario
Mensajes : 322 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Pension ley 18038 Miér Ene 09 2013, 08:53 | |
| - Gaviota escribió:
- Si esta mal denegado corresponde el reclamo. No entiendo por que tuviste que ir a la Carss anteriormente..
saludos cordiales
Gracias Gian por tu respuesta. Tuve que ir a la CARSS porque solo pague el mes de fallecimiento, y la ANSES me exigia doce meses. El tema es que en la resolucion de la CARSS dicen que el motivo de la denegatoria es q no está acreditado el pago del mes de fallecimiento y si lo está... Lo que que necesito saber es que reclamo es el que debo realizar y si debo presentarlo ante la misma CARSS Gracias! Que desastre que son con tal de no pagar. Independiente del nuevo reclamo, si sos de capital no podes comunicarte directamente con la Carss ya sea personalmente o telefonicamente ?... porque otro ida y venida te va a demorar otro año. slds |
| | | griselda Gran Usuario
Mensajes : 384
| Tema: Re: Pension ley 18038 Miér Ene 09 2013, 12:03 | |
| La verdad, es un caso curioso, esto de fundar denegatoria diciendo que no esta, lo que si esta. Se me ocurre hacer presentacion ante la CASRRs. planteando que la denegatoria se funda en un motivo inexistente, (dice que no esta pago lo que sì esta), y que por tanto deviene nula de nulidad absoluta - carente de sustento razonable. Igualmente antes repasa la PREV.11-37 y meritua si no te conviene pagar EL AÑO entero e iniciar nuevamente.- exitos!!!! |
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| Tema: Re: Pension ley 18038 | |
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| | | | Pension ley 18038 | |
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