Hola amigos. tengo una duda similar.-
Me dijeron en Udai Morón que reclacule el SICAM, porqiue tengo que ir por la regularidad de os 30 años.-
aHORA BIEN, PASO LOS DATOS, a ver que me sugieren. Capaz tendrái que ir a consultarlo en la propia UDAI a ver que criterio aplican ellos.-
Teno un causante que tiene 13 a 1 m de aportes reales en RRDD.-
Le faltan 16a 9 m. por Sicam.-
Tiene inscripción aut. DGO. 461 el 04/92, sólo pago un mes . LUEGO LO UNICO QUE HIZO FUE GENERAR DEUDA HASTA SU BAJA DE OFICIO 02/2007.-
Con ese panorama, le compro por SICAM, cdgo. 401,
01/83 a 12/83 un año.-
01/85 a 01/1990 5a 1 m.-
luego, lo que surge de Sit. Rev, original:
01/1992 y corte el 09/93 cdgo. 461 1a 6 m.-
Total a 09/93 en SICAM y con moratoria : 7 a 7 m.-
Es lo que me sale en Liquidación: Años de servicios 7 a 7m. Años con aportes 6a 7 m (aque aplico art.3/24476 al tener baja de oficio el 02/2007.-
Luego, sumo 13 a 1 m. de RRDD y me da que tiene de aervicios : 20 a 8 m.-
En SICAM, de la situacion de revista original, hasta su baja el 02/2007, yo le aplicque desde 10/93 a 04/2006 la prescripción 1423. Es decir 9 a 7 m.
con ese período tengo los 30 a 2 m.-
de servicios.-
Los aportes son menos, por los beneficios. Tanto el año del art. 3/24476 copmo la prescrición última que relate.-
A período posterior a 04/2003 hasta 02/2007 (baja de oficio), le aplique la renuncia 24231, dado que son años que no necesito y puedo renunciar.-
ESTA BIEN?.-
L es parece que debo consultar en UDAI morón a ver si el criterio es aplicar 526/95 a toda la deuda posterior al 09/93. Es decir 526/95 desde 10/93 al 02/2007??.-
Apreciaría sugerencias
Gracias:
Betina