Hola queridos colegas!
En esta oportunidad les escribo para consultarles algo que tal vez es muy simple pero que no sé como resolver.
Se trata de un reajuste que tramita en el juzgado 4, donde reemplacé al letrado anterior debido a su renuncia. Bien, presenté el escrito y me proveen lo siguiente:
Buenos Aires, 6 de marzo de 2013
Br
Agréguese.
Téngase presente la renuncia efectuada del Dr.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx al mandato conferido.
Téngase a la Dra.xxxxxxxxx, por presentada
en el carácter invocado a tenor del poder agregado en autos, y por constituído el nuevo
domicilio legal indicado en los términos de lo dispuesto por el art. 42 del CPCCN.
Téngase presente las autorizaciones conferidas en los
términos del art. 134 del CPCCN.
Mi pregunta es la siguiente: Tenía entendido que el cambio de abogado y/o domicilio constituído requiere un traslado por cédula, con lo cual si en el proveído diría NOTIFIQUESE, yo tendría que confeccionar la cédula y dejar en el juzgado. En este caso, no dice nada, solamente tengase presente todo, pero no ordenan la notificación, solo mencionan el art 42 del CPCCN que establece que todo cambio de domicilio deberá notificarse por cédula ...etc.
Entonces: debo entender que tengo que confeccionar la CEDULA y presentarla con un escrito en el expte? ellos la diligencian finalmente o yo?
Y en ese caso: el domicilio de ANSES es LEGAL O CONSTITUIDO? cual se pone en la cedula?
Muchas gracias!!Saludos.