Hola a todos! Tengo que iniciar una pensión directa sin inscripción de una persona fallecida en 2005 cuya viuda percibe jubilación.
Mi duda surge respecto de la posibilidad de extender periodos a los fines de no aplicar moratoria ley 24476; por ej.: si tengo Certificación de servicios por un año antes de 1976 puedo declarar servicios por todo el tiempo que no figura en SIJP en empresas inexistentes hasta 12/76? ¿ANSES no verifica si cuento con las Certificaciones correspondientes? Pensaba proceder así con todos los periodos, siempre que tenga las Certificaciones por el tiempo necesario.
Con respecto a las afiliaciones: debo respetarlas?, ya que tengo afiliación en 1967 y 1974 pero aportes recién en 1976.
Si tienen algún material para recomendarme, muy agradecido.
La otra duda que tengo es con respecto al exceso de edad: he visto casos en un libro que aplicaban dicho beneficio a las pensiones. Es correcto? ya que la ley 24241 sólo se refiere a su aplicación para obtener la PBU.
Espero sus opiniones!
Saludos a todos!