Otra duda, para los periodos posteriores a 2004 imprimo las boletas desde la cuenta cuenta corriente, y me discrimina los intereses en resarcitorios y capitalizables, cuya suma, es igual a la que surge en SICAM.
Para los periodos anteriores a 2004, tambien debo discriminar en resarcitorios y capitalizables,? los calculo por el liquidador de intereses de la pag. de AFIP pero no llego a lo que surge en SICAM y solo salen resarcitorios.
Si pago con el F799/e
imp. 376, concepto 19, subconcepto 051. (aca pongo el monto de SICAM) esta bien ?, me lo imputara correctamente ?
muchas gracias hace mucho que no lo hago