mjl, en la situacion de revista de sicam I tenes que poner desde 10/70 hasta 09/93, no se amplia mas en el sicam II, el beneficio del art 3 ley 24476 se aplica hasta el cece del año 2007, por lo tanto no corresponde, y si tiene un solo pago en 1997 tendrias que aplicar art 1 ley 25321 desde 10/1993 hasta 2010, salvo el periodo pago. Aun asi llegas a 23 años sumado al excedente de edad 6 meses mas, te faltarian para completar los 30 años 6 años y 6 meses. saludos