Hola, como estan?
Conforme a la 555 y sus aclaratorias, al cargar situacion de revista de una persona que tiene inscripc como autonomo en el padron historico de anses y que nunca tuvo baja de actividad, han surgido inconvenientes:
+Inscripto en la categoría 131 desde 01/1890 (sin baja)
Al cargar desde 01/1980 hasta 08/2003, sale una leyenda en rojo: solo se puede utilizar esa categoría hasta 02/1994.
Realice la consulta en afip y me dicen que se cambio por la 003.
Le transmito esto al coordinador de anses y me dice que le lleve la resolución que indique la eliminación de la 131 y la sustitución por la 003.
Ahora yo digo..., no se supone que la udai debiera darnos la solución?
Espero alguien pueda ayudarme.
Gracias!!!!