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| JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE | |
| | Autor | Mensaje |
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Sa Gran Usuario
Mensajes : 415
| Tema: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE Vie Oct 18 2013, 20:51 | |
| Me surgen dudas respect a lo siguiente, un cliente con alta de autonomo en 1975, sin cese ( con algunos meses pagos y otros no). Luego tiene aportes como monotributista ( algunos pagos y otros no... a estos los renuncio) , tiene aportes en rd y fondo de desempleo.
El cese que le tomo de autonomo es la fecha del ultimo pago 1985que aparece en pantalla pagos del sicam. Ahora bien al sumar todo me paso bastante de los 30 a. y mi duda es como puedo hacer para no pasarme tanto ? Entre el periodo 1975 y 1985 esta mi problema.... le puedo hacer el cese antes? |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE Vie Oct 18 2013, 23:47 | |
| Hola sa: ante todo buenas noches- te comento que releo tu post y no me queda clara tu duda- No veo cual es el problema de pasarte- Si hay deuda podes aplicar 25321 si hay pagos con deuda o preescripcion liberatoria si no hay pago, por que superan los 10 años - y entonces sí, la conveniencia deriva de la menor deuda que va a resultarte- Si tenes périodos ampliados recorda que no podes aplicarle estos beneficios - asi que debes quitar períodos de los registrados y adeudados para bajar el monto- El cese siempre corresponde al ultimo periodo de aporte sea de autonomo o RD- el que sea último -
Si no hay deuda y te pasas, aleluya!... cuanto mejor, tu cliente tendra derecho a cobrar un porcentaje mayor en su haber jubilatorio si supera los 5 años de exceso de aportes-(aunque no siempre el Anses lo liquida y hay que reclamarlo por via administrativa) espero haber interpretado y sea de utilidad a tu consulta -
saludos y bendiciones!
_______________ Nidia |
| | | Sa Gran Usuario
Mensajes : 415
| Tema: Re: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE Sáb Oct 19 2013, 23:31 | |
| la 25.321 tambien puedo aplicarla a periodos que queden incluidos en moratoria? En este caso entre 1975 y 1985, algunos estan pagos y otros no... |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE Dom Oct 20 2013, 00:25 | |
| Si podes aplicarla con seguridad en periodos que se encuentren declarados ya sea en PUC afip o registro autonomos Anses, haya pagos o no- no importando corresponda a parte de los periodos declarados en moratoria-
No podes aplicarla en perìodos ampliados-
saludos y bendiciones
_____________ Nidia |
| | | Sa Gran Usuario
Mensajes : 415
| Tema: Re: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE Lun Oct 21 2013, 10:13 | |
| te envio como quedaria situacion de revista a ver si esta bien asi:
* 7/68 ( fecha inicio padron autonomo anses) a 5/81 (ultimo pago que surge de sicam pantalla pagos) activ 003. En este period renuncio por art 1 ley 25321 dos meses.
* 8/99 a 3/2000 ( monotributo, tal cual surge de historia de categorias) En este period aplico art 1 ley 25.321 a periodos con deuda 3 meses serian. * 4/2000 a 6/2004 ( monotributo , tal cual surge de historia de categorias) En este period aplico art 1 ley 25.321 a peridos con deuda serian 3 años 11 meses renunciados.
Total por sicam 13 años 6 meses
Por oto lado tengo aportes en relacion de dependencia por 16 años 3 meses Fondo Desempleo 8 meses, y 4 superpuestos Exceso de edad 4 meses
Que les parece esta bien asi? para que no sobren los meses del fondo de desempleo tendria que renunciar esa cantidad en el period del 68 al 81? |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE Lun Oct 21 2013, 21:22 | |
| Hola sa: si tenes todo pagado no renuncies a nada aunque te sobre - si estan adeudados y los incluis en la 24476 para cancelarlos en cuotas, entonces sí te conviene aplicarle la 25321 a los meses que te sobren de los 30 - Lo que abunda no falta si son aportes positivos - Si no surge deuda tenes que ir por la 24241 por que si no se debe no se necesita plan de pagos -
saludos
_____________ Nidia |
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| Tema: Re: JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE | |
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| | | | JUBILACION MIXTA. DUDAS CESE | |
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