Mi consulta es la siguiente, tengo un cliente que se presenta para tramitar la jubilación anticipada, por trabajo diferencial, el puesto es de "encargado" en un frigorífico faenador de carnes, bajo el convenio colectivo 56/75. La certificación de servicio dice servicios comunes, pero en observaciones hacen mención al decreto 3555/72. Cumpliría con las condiciones para este beneficio???
El empleador tiene que hacerle algún aporte diferencial??
Agradecería su respuesta, ya que estoy enredado con este tema.