Hola foristas!!!
Necesito de sus opiniones, a ver si se me aclara un poquito más el panorama, pues es una jubi ordinaria sin inscripción ni aportes.
Señora extranjera de 82 años : entro al pais en 1985-
Voy a hacer lo siguiente: Ley 24476 desde 1985 a setiembre 1993.
De octbre 1993 a octubre 2005, 5 hs. semanales para dador de trabajo que se compromete a reconocer la situación....
En sicam prescribo del 93 a 2003 y por ddjj el resto, hasta 2005 con lo cual más el exceso de edad reuno los 30 años exigidos.
solamente deberia pagar la primera cuota de la moratoria por los 7 años anteriores a 1993.
Espero sus valiosas opiniones!!!
saludos
Dorabe