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| SICAM CON DEUDA DE AUTONOMOS | |
| | Autor | Mensaje |
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mariajulia1447 Auxiliar
Mensajes : 109
| Tema: SICAM CON DEUDA DE AUTONOMOS Vie Ene 10 2014, 14:50 | |
| buenos dias foristas queria consultar lo sigte: A un cliente le puse en el sicam, situac de revista tal como aparecen en DATOS personales. Le compro por moratoria 25 años, tiene otros dos en rel de dep(que no se cargan en el sicam) y los otros 3 los va a pagar como autonomo que es hasta la actualidad y continuará. mi duda radica en que le prescribi 14236 hasta 12/2003 y luego renuncie a su deuda por art 1 25321 todos los años que no necesita, pero hoy me avisa que la afip lo intima a pagar tambien el 2012 completo que yo le renuncié. ¿habrá algún problema?aun no envié el sicam. ¿tendré que modificar el sicam y no renunciar a lo que le piden? el va a pagar todo lo q le soliicitan ellos y yo, no tiene problemas económicos. gracias |
| | | almabal Moderador
Mensajes : 1151 Empleo /Ocio : Asesora previsional
| Tema: Re: SICAM CON DEUDA DE AUTONOMOS Mar Ene 14 2014, 17:08 | |
| Todo lo posterior a 09/1993 debe estar abonado o debe renunciarse usando 25321, no 14236. En cuanto a la intimación de AFIP, el señor deberá cumplirla. Si abona de contado no hay problema, te servirá como aportes, pero si lo hace por medio de algún plan, primero cerrá el Sicam y pedí turno, y luego que resuelva lo de AFIP. |
| | | mariajulia1447 Auxiliar
Mensajes : 109
| Tema: gracias almabal Miér Ene 15 2014, 18:54 | |
| MUchísimas gracias. ayer justamente pagó todo de contado. aún no imapcto y figura todavía la deuda en cta cte de monot y autonomos. nuevamente gracias! |
| | | Jose Gabriel Meritorio
Mensajes : 16
| Tema: Re: SICAM CON DEUDA DE AUTONOMOS Jue Abr 02 2015, 15:43 | |
| - almabal escribió:
- Todo lo posterior a 09/1993 debe estar abonado o debe renunciarse usando 25321, no 14236. En cuanto a la intimación de AFIP, el señor deberá cumplirla. Si abona de contado no hay problema, te servirá como aportes, pero si lo hace por medio de algún plan, primero cerrá el Sicam y pedí turno, y luego que resuelva lo de AFIP.
Esta parte de la respuesta me viene al pelo , porque tengo un caso de un Autonomo que no pago el periodo 1996 a 1997 , pero como al calcular el sicam no me aparecia la deuda de ese periodo entonces no le di impòrtancia ,pero me dijeron que hay que cargarlo a en "SITUACION DE REVISTA" (porque ahi no salia cargado ,pero si salia en la pantalla DATOS PERSONALES) y luego renunciarlo con la 25321 ¿¿ es correcto esto no ?? |
| | | almabal Moderador
Mensajes : 1151 Empleo /Ocio : Asesora previsional
| Tema: Re: SICAM CON DEUDA DE AUTONOMOS Dom Abr 05 2015, 20:28 | |
| - Jose Gabriel escribió:
- almabal escribió:
- Todo lo posterior a 09/1993 debe estar abonado o debe renunciarse usando 25321, no 14236. En cuanto a la intimación de AFIP, el señor deberá cumplirla. Si abona de contado no hay problema, te servirá como aportes, pero si lo hace por medio de algún plan, primero cerrá el Sicam y pedí turno, y luego que resuelva lo de AFIP.
Esta parte de la respuesta me viene al pelo , porque tengo un caso de un Autonomo que no pago el periodo 1996 a 1997 , pero como al calcular el sicam no me aparecia la deuda de ese periodo entonces no le di impòrtancia ,pero me dijeron que hay que cargarlo a en "SITUACION DE REVISTA" (porque ahi no salia cargado ,pero si salia en la pantalla DATOS PERSONALES) y luego renunciarlo con la 25321 ¿¿ es correcto esto no ?? Si el titular estuvo inscripto y el período no aparece en situación de revista, tendrás que incorporarlo. Si está impago el período podrás renunciarlo. |
| | | Jose Gabriel Meritorio
Mensajes : 16
| Tema: Re: SICAM CON DEUDA DE AUTONOMOS Lun Abr 06 2015, 13:26 | |
| - almabal escribió:
- Jose Gabriel escribió:
- almabal escribió:
- Todo lo posterior a 09/1993 debe estar abonado o debe renunciarse usando 25321, no 14236. En cuanto a la intimación de AFIP, el señor deberá cumplirla. Si abona de contado no hay problema, te servirá como aportes, pero si lo hace por medio de algún plan, primero cerrá el Sicam y pedí turno, y luego que resuelva lo de AFIP.
Esta parte de la respuesta me viene al pelo , porque tengo un caso de un Autonomo que no pago el periodo 1996 a 1997 , pero como al calcular el sicam no me aparecia la deuda de ese periodo entonces no le di impòrtancia ,pero me dijeron que hay que cargarlo a en "SITUACION DE REVISTA" (porque ahi no salia cargado ,pero si salia en la pantalla DATOS PERSONALES) y luego renunciarlo con la 25321 ¿¿ es correcto esto no ?? Si el titular estuvo inscripto y el período no aparece en situación de revista, tendrás que incorporarlo. Si está impago el período podrás renunciarlo. Muchas gracias , por responder. |
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