Buen día a todos los foristas! Me llegó mi primer caso para una JAD en IPS.
La docente cumple con los requisitos que pide el decr. 311/06 y la resol. 18/06.
Concretamente mis dudas son:
1-Es necesario acreditarse en una base de datos de Abogados habilitados por IPS ( es decir diligenciar una credencial como en Anses)? Si es así, dónde se diligencia?
2-El Formulario "Carta Poder" para la DGCyE es el mismo que se presenta en IPS? Son 2 formularios o uno solo?
3- La Carta Poder se puede firmar ante el Juez de Paz?
4- Al ingresar el trámite en DGCyE se paga bono Ley e ius o solo ius?
Espero no ser una pesada con estas preguntas. He leido todos los posts, que fueron de gran ayuda. También tengo un libro de jub. docente-IPS, pero para estas dudas no he podido encontrar respuestas.
Muchísimas gracias de antemano, cordiales saludos, Luchi.