Buen día!! hasta que no tenga la jubilación aprobada debería aportar como autónomo común, y luego de obtener el beneficio comienza a pagar como jubilado. Deberá concurrir a la AFIP y completar el formulario 460/F, por duplicado,. a fin de modificar el dato en el Padrón llevando el número de beneficio . Saludos