Buen día, le podés hacer todos los cortes que quieras, pero en la verificación va a ser un lío que se acuerden ambas de decir exactamente los mismo, creo, que si son continuos hay que pagar con intereses lo que falta, como en cualquier deuda y declarás todo, salvo que sean períodos largos sin pagar, por ej un año, pero si son salteados hay que pagarlos,fijate la fecha de inicio de la relación laboral que figura en el 102 y de alli a la fecha debe estar al día todo, primero pagá con los intereses, fijate que salga todo en cero en detalle de deuda y después liquidás sicam, ya para el inicio. Suerte