Buenas noches. Estoy armando el primer reajuste para presentar la demanda ya que ya me rechazaron el reclamo administrativo. Como es el primero que hago me surgen algunas dudas específicamente en cuanto a los servicios autónomos. En la liquidación que practico anses no están tomados para el calculo de la PAP los servicios autónomos eso es correcto?? así mismo quisiera saber si existe algún fallo a invocar para recalcular el haber en cuanto a los servicios autónomos??? estuve leyendo bastante y vi que no hay mucho al respecto y los fallos que hay son de personas que han aportado en categorías muy altas o que hicieron aportes voluntarios, que no es el caso de la persona de mi caso que siempre aporto en categorías bajas. El fuerte de mi reclamo es el reajuste de servicios en rel de dep por Eliff que da una diferencia importante según el calculo, pero igualmente quisiera ver si puedo buscarle la vuelta a lo de autónomo. Desde ya mil gracias