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 puro derecho

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aleale
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MensajeTema: puro derecho   puro derecho EmptyJue Mar 05, 2015 1:46 pm

hola, quisiera preguntarles, que opinan.
anses contesta demanda y constituye domicilio electronico.
El juez en el despacho dice:
...x contestada la demanda,
...x constituido domic electr,
... declara la causa como de puro derecho,
...requierase a anses la remisión expte adm.
entiendo que debo notificarme personalmente del domicilio electrónico constituido, y luego notificar a anses (al electronico), la decl de puro derecho y la intimacion para q remita el expte adm. y luego pedir autos para sentencia. esto es correcto?. gracias. saludos
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markello
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MensajeTema: Re: puro derecho   puro derecho EmptyJue Mar 05, 2015 2:08 pm

No hemos tenido casos de domicilios electronicos en capital, pero entendemos que esta constitucion es para la presentación judicial y exte por lo que no corresponderia hacer expresa la notificación. Seria interesante saber si esto sucede o sucedio en los federales de Mar del Plata.

El tema que nos llama la atención es la remisión del exte. administrativo ¿lo siguen pidiendo en formato papel?. Recordemos que segun convenio entre la A.N.Se.S., la C.S.J.N. y el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial sobre cooperación e intercambio electrónico de información, actualmente serequieren vía Internet las actuaciones administrativas mediante sistema BUSSJUZ o ANTERIOR SIDUJ.

Hay que ver si las actuaciones estan digitalizadas, se puede preguntar en cualquier udai. Si estan digitalizadas arriban mas rapido al juzgado y evitamos el tema del instrumento en papel especialmente para los casos de ejecucion de sentencia.

Por ultimo, entendemos que el puro derecho no esta declarado hasta tanto no arriben los instrumento administrativo u opera su declaración anticipatoria una vez arribada. Si esta declarado el puro derecho una vez arribado el exte. administrativo, en capital, no hay que notificarlo solo pedir pase a sentencia.

En resumen, segun nuestra opinion:
1.- Intentar la peticion de administrativo en formato digital
2.- una vez arribado peticion de sentencia, nada mas.

Reiteramos, hay que ver que criterio tiene el juzgado federal del interior.

Saludos


Última edición por markello el Jue Mar 05, 2015 9:22 pm, editado 1 vez
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aleale
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MensajeTema: Re: puro derecho   puro derecho EmptyJue Mar 05, 2015 2:23 pm

gracias por responder. juzg federal de mar del plata nro 2. y siguen solicitando el adm. en formato papel. sds
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