Buen día a todos. Perdón por esta preguntonta pero me surgió la duda. Para pagar períodos adeudados de aportes para poder tomarlos como de servicios. ¿pago sólo el componente autónomo del monotributo con F. 155? es decir puedo pagar eso sólo o es obligatorio pagar también obra social e impuesto? (la persona está inscripta y con deuda de monotributo) Perdón por la pregunta. Gracias!