Chicos, les consulto por el siguiente caso, un cliente tiene 38 años de aportes como docente universitario. (Univ. NAcional de MDP)
Tiene 7 años de aportes para el IPS. (simultaneos con los servicios docentes)
y varios años más de aportes en relacion de dependencia para empresas privadas tambien simultaneas con los años de docente.
Si no analizo mal, se inicia el tramite por jubi docente en funcion de la ley 26508. le liquidaran el 82% movil de sus haberes como docente (actualmente percibe $ 6388.50.-)
la pregunta es si le corresponde cobrar algo más ? la ley habla de prestación por simultaneidad pero no termino de entender si en este caso corresponderia y como se computaria.
Muchas gracias