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 pregunta sicam

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4 participantes
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mbsmjj
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MensajeTema: pregunta sicam   pregunta sicam EmptyVie Mayo 01 2009, 20:20

hola, tengo una pregunta, una vez que cargo la situacion de revista, me queda por aplicar los beneficios, pero tengo algunas dudas:

1) aparecen separados el beneficio del art.3 con el del art.38 (que yo creia que era lo mismo, que se referia a los anos de ddjj respecto del cese)
pero porque aparecen separados?

2) tanto el exceso de edad, como los años trabajados como en relacion de dependencia no se cargan, verdad?

3) yo tengo 4 años que me corresponden por el cese, y puse benefecicio art.3
6/77 al 9/80 y 4/84 al 11/84 (nose si conte bien)
esta bien?

4) el sdm, donde se carga?

saludos y gracias
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gleyale
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gleyale


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MensajeTema: Voy a intentar ayudarte   pregunta sicam EmptyVie Mayo 01 2009, 21:08

mbsmjj escribió:
hola, tengo una pregunta, una vez que cargo la situacion de revista, me queda por aplicar los beneficios, pero tengo algunas dudas:

1) aparecen separados el beneficio del art.3 con el del art.38 (que yo creia que era lo mismo, que se referia a los anos de ddjj respecto del cese)
pero porque aparecen separados?
Aparecen por separado porque no son lo mismo, el art. 3 pertenece a una ley (24476) y el art. 38 a otra ley (24241), la primera se refiere a los autonomos y los tiempos son distintos y la segunda se refiere a los trabajadores en relacion de dependencia.

2) tanto el exceso de edad, como los años trabajados como en relacion de dependencia no se cargan, verdad?
No cargan se esos años en el sicam porque la relacion de dependencia no va en el sicam-.

3) yo tengo 4 años que me corresponden por el cese, y puse benefecicio art.3
6/77 al 9/80 y 4/84 al 11/84 (nose si conte bien)
esta bien?

4) el sdm, donde se carga?
No en el sicam
Igual quisiera que alguien diga si esta bien lo que le estoy explicando a esta niña.
Supervisor!!!


jijiiiij
feliz dia para todos!!!!!!!


saludos y gracias
[b]
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mbsmjj
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MensajeTema: sicam   pregunta sicam EmptyVie Mayo 01 2009, 22:08

segun tengo entendido, tanto el art.3 y el art.38 se hacen ambos por sicam
confirmen por fabor...
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Gaturro
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MensajeTema: Re: pregunta sicam   pregunta sicam EmptyVie Mayo 01 2009, 22:24

Aca pego un instructivo que esta en la BIBLIOTECA

ARTICULO 38/24241 o 3/24476 ?
tanto el art. 38 ley 24241 como el art 3 ley 24476 son beneficios que nos permiten a través de una ddjj no realizar el aporte pero que me lo computen como años de servicios a los fines de obtener la pbu

diferencias entre ambos:

ART 38:
1°) se aplica para aportes en relación de dependencia
2°) se aplica desde los 18 años hasta el 31-12-1968
3°) sobre empresas en inactividad, debiendo mandar CD

ART 3:
1°) se aplica para aportes de autónomo
2°) se aplica desde los 18 hasta el 30-09-1993
3°) no se puede aplicar sobre períodos simultáneos con rel. de dpcia.
4°) se declara dentro del SICAM por lo que nos hace mas barata la deuda, principalmente si lo aplicas sobre períodos caros

Ambos usan la misma tablita para determinar la cantidad de años a declarar, de acuerdo al año de cese

No son acumulables, se usa uno u otro
Espero te sea util cat

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MICA
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MensajeTema: Re: pregunta sicam   pregunta sicam EmptySáb Mayo 02 2009, 15:06

HOLA GATURRO
ME EXPLICAS LO DEL TEMA DEL CD, EN ARTICULO 38 (desconcierto)
MUCHAS GRACIAS :(gracias):
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Gaturro
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Gaturro


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MensajeTema: Re: pregunta sicam   pregunta sicam EmptySáb Mayo 02 2009, 17:45

Hola Mica:
El escrito que pegue, no es de mi autoria, como bien se indica en el encabezamiento escrito en azul, proviene de los articulos subidos a biblioteca.
Con respecto a CD, se refiere a la Carta Documento o Telegrama Ley con el objeto de solicitar certificacion de servicios (aunque retorne por inexistente o cerrada), aunque algunos opinan que esto ya no se pide en algunas Udai.
Con respecto al punto 2 del art 38, dentro de los parametros temporales expuestos y es mas que obvio para los que trabajamos en esto que es a partir de la creacion de la caja autonoma, Un saludo. cat

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MensajeTema: Re: pregunta sicam   pregunta sicam EmptyLun Mayo 04 2009, 09:56

HOLA GATURRO
QUISAS ME EXPLIQUE MAL ,SE LO QUE ES ART 38 Y EN QUE MOMENTO SE APLICA ,TAMBIEN QUE ES UN ARTICULO DE LA BIBLIOTECA .
LO QUE YO PENSE ES QUE HABIA QUE PRESENTAR ALGUNA ESPECIE DE CD NO QUE SE REFERIA A CARTA DOCUMENTO ES QUE CON ANSES SIEMPRE APARECEN COSAS NUEVAS ,FUE ERROR DE INTERPRETACION
IGUAL GRACIAS POR TU AYUDA Y ACLARACION :(gracias):
SALUDOS :(beso):
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