Un abogado aportante a la caja de colegio (Pcia Buenos aires) me consulta para saber si la moratoria con la actividad 51 (abogado) tiene un haber acorde con el costo de la categoría. Nunca hice con esa actividad, aunque si a profesionales usando otra categoria no reglada (746 etc). Intenta jubilarse primero por anses; entra todo dentro de la 24476. Le conteste que igual el monto a cobrar sería el mismo. Pero realmente no lo se.