Hola Alejubi, si la mamá o el papá eran jubilados tiene derecho a la pensión derivada de ambos, el problema que se le va a presentar a la discapacitada y a su tía es el tiempo de la curatela porque a ella no se le puede interrumpir la medicación u otros items que tienen que ser de urgencia como tramitacion y cobro de la pensión. Por eso legisladores están trabajando en una ley que le de caracter urgentisimo a trámites de discapacitados huerfanos independientemente de la curatela que por lo general tiene fines distintos a la la supervivencia del discapacitado y darle al familiar mas cercano el derecho a ocuparse de todos los trámites como percepcion de haberes y los referidos a la obra social.