Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: res 617/2015 Lun Nov 23 2015, 12:15 | |
| ARTÍCULO 13. — La presente norma se aplicará para las solicitudes que se inicien a partir de su vigencia y para los trámites pendientes que a la fecha no se encuentren resueltos. En materia de controles detectivos se aplicarán los parámetros previstos en el ANEXO I.
Buen dia amigos! estudiando esta resolución, ¡piensan sera de alcance para los SDM con todo presentado e ingresado en tiempo y forma y que aún estan demorados para verificar o evaluar?
tengo varios en esa condición, por 24476; uno con una antiguedad de 1 y 4 meses y sería un acto de justicia que después de tantos beneficios otorgados sin ningun pago hecho a quienes por un sistema desarrollado por el estado (form 102 original) donde dejaron en ese momento afuera el dato del empleador, hoy, por estar algunos desaparecidos o simplemente por no haberse verificado, los tengan demorados a la espera de resolución o verificacion, aún cuando todos los pagos se desprenden del SIPA - se que quedaban por resoluciones posteriores a la 524, en que dictaron normas especiales no contemplados, ¿ pero no sera el tiempo de reclamar dada la nueva resolucion que sean incluidos los SDM contemporaneos al tiempo declarado y certificados en muchos casos-
Que les parece? valdra la pena generar un reclamo por esta via? aguardo comentarios- gracias y bendiciones -
__________________ Nidia
Última edición por Nidia el Mar Nov 24 2015, 19:39, editado 1 vez |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: res 617/2015 Lun Nov 23 2015, 21:59 | |
| Esperaría unos días y preguntaría en donde está el expediente para saber cómo se van a manejar.
Bendiciones. |
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Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: res 617/2015 Mar Nov 24 2015, 19:36 | |
| gracias peri! es lo que haremos... aguardar un poco más y ver que sucede!- bendiciones _______________ Nidia |
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MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: res 617/2015 Miér Nov 25 2015, 06:40 | |
| Hola Nidia. fijate que en el anexo lll, están los servicios que se regirán por sistemas especiales y dentro de ellas esta SDM que se rige por la circular 71/11, así como rurales y otros regímenes diferenciales |
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