Buenas tardes a todos!
Necesito de vuestra ayuda. En este reajuste que inicié, ANSES contesta en forma extemporánea y por lo tanto el juzgado la desestima. Hoy acabo de presentar escrito solicitando pasen los autos a resolución (ya había sido notificada la declaración de puro derecho), mi duda es la siguiente:
Al haber decretado no ha lugar la contestación y por lo tanto no tener en cuenta la prescripción que siempre interpone ANSES, cómo me aseguro que el juez dicte sentencia ordenando el ajuste desde la adquisición del beneficio, es decir sin la prescripción de los 2 años??
Podré presentar un escrito en esta instancia antes de que entre a sentencia? ya que quisiera evitar un error en la sentencia que me obligue a apelar, con lo que ello significa en la demora. Aclaro que es un caso de renta vitalicia, las cuales no son apeladas....
uds, que opinan?? que puedo hacer para que no se le pase este detalle al juez al fallar??
Gracias a todos!