Estimados foristas. He leído varios post sobre el tema que les planteo, pero tengo algunas dudas sobre mi caso concreto.
A mi cliente le figura un plan ley 25865 CANCELADO, pero sin embargo al querer practicarle plan por 24476, me sale una leyenda de que hay un plan 25865 que tiene una deuda de 600 pesos, y dá a elegir por SI o por NO. Al querer reafectar en PAGOS SIN APLICAR, me dice que la opción se habilitará proximamente ( por lo que leí, sé que es porque hay un error que puede deberse a distintas índoles).
EN REALIDAD, a mi no me interesa reafectar el periodo regularizado por ley 25865, y esperar los 45 días para que el sistema me los reafecte, ya que me conviene mas darle el cese ficto.
Mi pregunta es ¿que pasa si yo marco la opción "NO"? mas allá de que se cae el plan ley 25865,¿ me dejará inmediatamente practicar plan ley 24476, o también voy a tener que esperar bastante tiempo? son periodos prescriptos, y el turno lo tengo el 5 de julio en anses. Desde yá gracias por leerme y espero sus opiniones.