tita gasco Gran Usuario
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| Tema: TOPE POR ACUMULACIÒN DE SERVICIOS Lun Dic 12 2016, 12:35 | |
| Buenos dias Realizo esta consulta pues Anses està a punto de denegar a una Sra una Jubilaciòn Ordinaria, iniciada en 4/2015 por la Ley 24476 (pagada de contado). Como tiene en la misma servicios domesticos reales, se fue demorando su otorgamiento. La Sra, ademàs, cobra una pensiòn provincial de su esposo de $45000 (actuales) que trabajaba el la Empresa Provincial de Energia. ; esta pensiòn ya la tenia al momento de inicar la Jubilaciòn. La denegatoria serìa por: "supera el tope por acumulaciòn de beneficios, uno nacional y otro provincial, del haber de un general de brigada". Esto es correcto? se que es asi para militares que quieren realizar la Jubilaciòn Nacional. Si es correcto agradecerè me informen la norma legal. Es la rpimera vez que me pasa con semejante monto de pensiòn. He buscado con el buscador y no encuentro nada semejante, si en el caso de militares (que no es este caso) Aguardo sus respuestas. Saludos Tita Gasco |
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tita gasco Gran Usuario
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| Tema: Re: TOPE POR ACUMULACIÒN DE SERVICIOS Sáb Dic 17 2016, 12:00 | |
| Buen dia Una ayudita please, en este tema Gracias Tita |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: TOPE POR ACUMULACIÒN DE SERVICIOS Sáb Dic 17 2016, 17:52 | |
| - tita gasco escribió:
- Buenos dias
Realizo esta consulta pues Anses està a punto de denegar a una Sra una Jubilaciòn Ordinaria, iniciada en 4/2015 por la Ley 24476 (pagada de contado). Como tiene en la misma servicios domesticos reales, se fue demorando su otorgamiento. La Sra, ademàs, cobra una pensiòn provincial de su esposo de $45000 (actuales) que trabajaba el la Empresa Provincial de Energia. ; esta pensiòn ya la tenia al momento de inicar la Jubilaciòn. La denegatoria serìa por: "supera el tope por acumulaciòn de beneficios, uno nacional y otro provincial, del haber de un general de brigada". Esto es correcto? se que es asi para militares que quieren realizar la Jubilaciòn Nacional. opinio igual Si es correcto agradecerè me informen la norma legal. Es la rpimera vez que me pasa con semejante monto de pensiòn. He buscado con el buscador y no encuentro nada semejante, si en el caso de militares (que no es este caso) Aguardo sus respuestas. Para los otros casos la normativa es que con jubilación y pensión no pueden superar el máximo de una PBU, siempre que algún beneficio no sea por ley especial. No tengo a mano la norma, a lo mejor algún otro forista te puede ayurdar Saludos Tita Gasco |
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tita gasco Gran Usuario
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| Tema: Re: TOPE POR ACUMULACIÒN DE SERVICIOS Dom Dic 18 2016, 11:42 | |
| Gracias Periquita Espero si hay mas aportes Saludos Tita |
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| Tema: Re: TOPE POR ACUMULACIÒN DE SERVICIOS | |
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