Buenos dias , estoy con una pension y hace bastante que no hago, si alguien me puede decir por favor si estoy acertada , le agradeceria mucho :
Se trata de una pension directa de una mujer que era aportante de servvicio domestico.
Nacio en el 1954, y fallecio en el 2015.
Desde el 2008 tiene aportes en SDM, Hasta dos meses despues del fallecimiento.
es decir que tiene 7 años aportados inmediatamente al fallecimiento.
Segun lo que repase por la 460, necesito comprarle por moratoria 8 años, para alcanzar los 15 años y asi contar con la regularidad. Estoy en lo cierto..?
es aplicable la ley 24241 por la fecha de fallecimiento.
gracias a los que se tomen un momento...saludos!