Buenas a tod@s!
Tengo un caso de una pensión directa (la segunda que hago), y me gustaría saber si tengo los conceptos claros:
1. Para que ANSES otorgue la pensión directa el fallecido tenía que ser aportante REGULAR (30/36) con 30 años de aporte, o IRREGULAR (12/60) con 15 años de aportes. Si la persona fallece antes de los 65 años, por el sistema de proporcionalidad (Fallo Pinto – Inconstitucionalidad del Decretos 460/99) veo si se cumple con la totalidad de aportes efectuados en uno y otro caso.
2. Si el fallecido no llegaba a los años totales (incluso los proporcionales) aportados, y
SI estaba inscripto como Autonomo/Monotributista, puede completarse los años de aportes con Moratoria 24.476.
3. Si el fallecido
NO SE ENCONTRABA INSCRIPTO y le faltaban años de aporte: ¿se solicita por vía judicial el otorgamiento de la pensión atento a que la ley 24.476 no exige en su letra que el aportante tenía que estar inscripto con anterioridad?
4. De proceder la aplicación de la Moratoria, y en los casos en que el aportante
no haya tenido aportes en los últimos 5 años : ¿Se podría aplicar la moratoria ley 24.476 para que el fallecido llegue a cumplir el 50% de sus aportes proporcionales y solicitar vía judicial el otorgamiento de la pensión (previo agotamiento de la vía administrativa)? --> Es decir: ¿Solo se podría comprar los años de aportes para solicitar la pensión como IRREGULAR?
Quien pueda tomarse unos minutos para aclararme el panorama, les estaré muy agradecida!!
No es mi fuerte previsional pero me gusta, y de a poco voy aprendiendo