Les dejo una consulta del forista Roberto, si alguien puede darle una mano, se agradece!
El tema que consulto tiene que ver con la Ley 24.016, ya que soy jubilado de la docencia despues de 46 años de ejercicio de la misma. Cuando me liquidaron el primer haber lo hicieron mal recurri y al año me reajustaron pero no me liquidaron la retroactividad oponiendome la Prescripcion Liberatoria.
Asimismo me descuentan por la Ley 24.463 por el art. 9 de dicha Ley Volví a recurrir el 3 de marzo de este año me descuentan $2080 mas el 70 % de lo que exede $ 9.000. Por ser jubilado docente Ley Especial no estamos incluidos en la Ley Nº 24.241 ni tampoco en la 24.463 conforme fallos de la Corte, Uds estan en el tema mas que yo.
Soy abogado trabajo en el GCABA. me recibi de grande, por ello no tengo experiencia en lo previsional pregunta ¿que acción tengo? no era que ahora segun la Circular Nº 6 /09 la unica suma a descontar del tope es el 15 %? Supuestamente segun el fallo Gemelli no estoy alcanzado por las leyes supra mencionadas agradecere algún consejo que me desburre.