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 PENSION - LEY 18.038

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MensajeTema: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyJue Mayo 14 2009, 09:48

Tengo un señor fallecido en 03/1994, con 17 años en relación de dependencia hasta el año 1979... si le pago un mes como autónomo en sicam, aunque no tenga la afiliación, el 01/02/1994... sale la pensión?
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyJue Mayo 14 2009, 09:55

Hola Paula:

Hay bastante material de lo posteado referido al tema. Tendrìas que poner el buscador.

saludos

Maria
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carlos alberto
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MensajeTema: pensión ley 28037/8   PENSION - LEY 18.038 EmptyDom Mayo 17 2009, 19:20

paulae escribió:
Tengo un señor fallecido en 03/1994, con 17 años en relación de dependencia hasta el año 1979... si le pago un mes como autónomo en sicam, aunque no tenga la afiliación, el 01/02/1994... sale la pensión?
A mí me salió una pensión así: le pagué el último año, sin incluir el mes de fallecimiento ley aplicable: 24476, sicam desde inscripción en autónomos hasta mes anterior al fallecimiento, prescribiendo todo por ley 14236 o algo así menos el años anterior al fallec. Se paga algo así omo $450,0, xq se usa la cat mas baja posible. Fijate si te aceptan así en tu UDAI. Suerte. Carlos.
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyDom Mayo 17 2009, 21:19

Carlos cuando presentaste esa pension? porque ahora no es posible usar la 24476 para pensiones por la 18038
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carlos alberto
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyVie Mayo 22 2009, 22:39

Anya escribió:
Carlos cuando presentaste esa pension? porque ahora no es posible usar la 24476 para pensiones por la 18038
La presenté el 11 de mayo de este año y me salió aprobada el 15, en la UDAI resistencia - Chaco. Preguntá en tu udai si te aceptan así, o bien si no, de q modo; x lo q sé, aquí se aplica aquello de cada maestro con su librito. Suerte. Carlos
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyVie Mayo 22 2009, 22:43

hola:

Carlos Alberto está diciendo que tenìa inscripciòn en autònomos, y la consulta de Paula no tenìa inscripción.


Última edición por MARIMO1 el Vie Mayo 22 2009, 22:44, editado 1 vez
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyVie Mayo 22 2009, 22:44

wow!! te la aprobaron en 6 dias!! quiero vivir ahi!
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyVie Mayo 22 2009, 22:48

Anya escribió:
wow!! te la aprobaron en 6 dias!! quiero vivir ahi!
yo tambien quiero vivir ahi!! que bueno!!! Taxi!!!
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyVie Mayo 22 2009, 23:40

Insisto que son dos casos diferentes los planteados. Uno no tenìa inscripciòn en autònomos ni tenìa el mes de fallecimiento aportado.
El otro sì tenía inscripciòn en autònomos.
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyVie Mayo 22 2009, 23:53

Si Mari, tenes razon! Pero teniendo o no inscripcion, la 24476 no puede utilizarse en leyes viejas...segun la Prev 11 (noquierover)
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 01:41

No va por la 24476, como dice Anya.

Y no quieran tanto ir a vivir ahi.
Por exceso de trámites acá, me derivaron una pensión allá. Mal denegada
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MARIMO
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 05:07

Es cierto Anya, porque la fecha que menciona Carlos Alberto es posterior a la prev. 11.
Entonces ¿ mal acordada?.


Saludos


Última edición por MARIMO1 el Sáb Mayo 23 2009, 08:25, editado 1 vez
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MARIMO
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 08:23

Volviendo sobre este tema, que en realidad me preocupa.

Si fuera ahora, despuès de la prev. 11 ¿ habrìa que pagar solamente el mes de fallecimiento ? ¿ O como ?

Gracias
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 10:49

Mes de fallecimiento y juntar un año de aporte...pero no por la 24476 Rolling Eyes
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 11:11

Ayer, en otro foro, leí un post, donde afirmaban que
si la ley aplicable es la 18038, sólo es requisito que éste haya estado en actividad al
deceso y que la ley nada dice de la exigencia de un año de aportes. Que esto lo indicó una normativa errónea, luego rectificada volviendo a lo
expesamente dispuesto por la ley 18038.-

Que se puede prescribir TODO el período con excepción del mes del fallecimiento que
debe ser pagado de contado con sus intereses, consignando en el Sicam
como ley aplicable la 18038.-

Si no me queda otra así lo haré, ahora, si tiene pagos y cuando tiro una primera deuda, me salen periodos en 0 $, pienso dejarlos, siempre con el mes del fallecimiento sin beneficios para que salga igual lo pagado. De hecho, los pago ¿ porque se los voy a prescribir si no los debía ?
O si hubiese tenido años en relación de dependencia, también se los voy a declarar, siempre agregandole el ´sicam con el último mes, libre
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dominique
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 13:03

No hay caso... seguimos con el año... No
Renata: acertado tu criterio si tiene aportes sean por cuenta propia o de relación, vos siempre teniendo presente el bolsillo del cliente, bien alejada de la actitud facilista de ignorarlos.-
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptySáb Mayo 23 2009, 13:52

Es que podría no dormir tranquila si no asocio una cuenta o tomo la rel de dependencia, yo les cobro por hacerle bien el trámite, no por lo que a mi me conviene.
Ya me habrán leído, antes de contestar un planteo: ¿ Asociaste la cuenta ? bounce bounce bounce

Y con respecto a lo del año en la 18038 y lo de tomar los aportes en rel de dependencia, para ser sincera, me lo dijo igual, antes, un muchacho que sabe....
bahhh, una chica que study . Y mira vos, ahora que las comparo, es un calquito tuyo.
Derecha como el mimbre.... cheers
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyMar Mayo 26 2009, 13:40

hoy consulte en la udai donde inicio generalmente cual es el criterio, si debia abonar el ultimo mes liquidando por 18038 y pagar con los intereses... y si ademas debia declarar los aportes viejos en relacion de dependencia........... pero quedaron en consultar porque no sabian como tomarlo. Igual, si lo ingreso me lo pasan a tramites complejos para que lo liquiden...
Estoy en la duda, porque el señor tiene inscripcion del 80 a 92 cuando fallece, y todo es deuda...
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyMar Mayo 26 2009, 22:39

Hola... a mí me denegaron una... por incompatibilidad de aplicación de la ley 18038 con la 24476, hablé con la computista, y me dijo que debía liquidarla con la ley 18038, que pagara el mes de fallecimiento más los intereses, y que a los periodos con deuda le aplicara el Dcto. 524.... espero les sirva,... en realidad no hice nada de esto porque interpuese recurso de reconsideración... ya que el trámite fue iniciado con anterioridad a la prev 11.. que tengan suerte
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MensajeTema: PENSIONES 18038   PENSION - LEY 18.038 EmptyMiér Mayo 27 2009, 18:31

HOLA: CREO Q LA CARSS DEJO DE LADO DEFINITIVAMENTE LA CIRCULAR 39/07. APARTE DEL CASO ARAKAI QUE LEI EN LA BIBLIOTECA ME APROBARON DOS CON EL SOLO MES DEL DECESO, Y YA COBRARON SIN PROBLEMAS. NO NOS COMPLIQUEMOS MAS CON ESE ENGENDRO DE LA 39/07. AHORA ESTOY PELEANDO OTRAS Q NO TIENEN INSCRPCION Y SON LEY 18038, MUY COMPLICADO EL TEMA . NO SE COMO ME SALDRAN, LES CUENTO.SUERTE
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MARIMO
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyMiér Mayo 27 2009, 18:37

Se solicita cumplir con las reglas del foro y de escritura

6.- No escribir con mayúsculas, como sabemos en el ámbito “foril” equivale a gritar, independientemente a ello dificulta la lectura de los usuarios
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noelin
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MensajeTema: DISCULPAS   PENSION - LEY 18.038 EmptyMiér Mayo 27 2009, 20:56

HOLA: DISCULPEN MI ESCRITURA, PERO LO HAGO NO POR GRITAR SINO PQ ES MAS PRACTICO, Y COMO TENGO ALGUN PROBLEMITA VISUAL ME SIMPLIFICA LA TAREA. ES MI COSTUMBRE EN TODOS LOS MAILS, AUNQ LO DEL GRITO YA LO SABIA. DE NUEVO DISCULPAS. Y TOLERANCIA...GRACIAS
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MARIMO
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyMiér Mayo 27 2009, 21:00

Hola:

Se entiende que si es por un problema de disminuciòn visual que justifica el uso de la mayùscula, tambièn se justifica una excepciòn a la regla explicitada.

saludos
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lua2279
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyJue Mayo 28 2009, 18:58

Hola a todos, les comento que pregunte en la Udai Sur de MDP, este tema y me dijeron que fue elevado a consulta y que todavia no hay respuesta, por lo tanto los tramites que se inicien pagando el mes de fallecimiento e intereses pasan a "Espera de normativa".-
Distinto es el caso si ademas de pagar el mes de fallecimiento con sus intereses llegamos a juntar un año de aportes, si es asi no hay problema y la pension seria acordada.-
Espero les sirva
Saludos Laura Smile
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MensajeTema: Re: PENSION - LEY 18.038   PENSION - LEY 18.038 EmptyJue Mayo 28 2009, 22:34

un año de aportes de autonomos?
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