Hola, cómo estan tanto tiempo.
Iniciamos RTI de una clienta desempleada, finalmente tuvimos que apelar a la CFSS. Obtuvimos el % en el Cuerpo Médico Forense. En el transcurso la cliente cumplió la edad jubilatoria y como tenía aportes+moratoria accedió al beneficio. Posteriormente obtuvimos sentencia favorable en CFSS.
Pretendemos que cobre el RETROACTIVO desde el inicio del RTI hasta el cobro del haber inicial de su Jubilación Ordinaria.
La udai nos intima a que optemos por alguno de los beneficios. Si nos decidimos por el RTI, aunque sea por sentencia, es transitorio pero en ese caso podemos reclamar sin problemas el RETRO. El problema es que ella no tenía los 30 años y para le JO debimos adherir a la 26970.
Las preguntas:
-Consideran como yo que a pesar de la JO puede reclamar el RETRO?
-A alguien le pasó algo similar?