Buenas noches colegas. Les quería comentar un caso particular, respecto de una persona que cobra una renta vitalicia de $800. En el año 2016, mi cliente presenta un reclamo ante ANSES, solicitando se revea la liquidación efectuada y se reajuste su haber. Atento a ello, en agosto del año 2017, ANSES contesta el reclamo, desestimando dicho requerimiento por carecer el beneficio de componente público. Mi consulta es respecto al plazo de caducidad establecido en el articulo 25 de la Ley 19549, para impugnar la resolución de Anses ante los juzgados federales (90 días hábiles judiciales contados desde la notificación de la resolución). En ese sentido, tendría que presentar un nuevo reclamo, a los fines me habiliten nuevamente el plazo mencionado?. Espero sus sugerencias. Desde ya les agradezco.