Respecto de la ley 26970 podes reservar siempre y cuando no este dentro de los últimos diez años de aportes que se toma para la determinación del haber.-
Sobre la 24476 no se si hay normativa al respecto. Yo lo que normalmente hago es adquirir por moratoria los años necesarios, sin contar el Servicio domestico( cuando se que no los van a acreditar), de manera tal que si no los tienen por reconocidos no denieguen el tramite jubilatorio porque igualmente llega a los 30 años de aportes.-