Buenas tardes Aleisa: Hay un fallo que explica que la muerte es la mayor invalidez sufrida por una persona, y que sólo acreditando el fallecimiento y solicitando la pensión directa (código 006) por RTI no adjudicada oportunamente, se debe otorgar la pensión directa solicitada con retroactivo desde la fecha de petición del RTI que había sido denegada por la comisión médica..
Pero, mi pc, sufrió un recorte en su memoria y el fallo no aparece. Por ahí, alguien se acuerda del nombre. Suerte!!