Buenos días foristas, realmente no es mi fuerte servicio doméstico, más que todo es
una ayuda que quiero darle a una futura jubilada por esa actividad. En ccma aparecen pequeños montos de interes por los aporte que el empleador le realiza desde hace 10 años. Cuaes son los intereses que deben abonarse´??? por qué tengo entendido que los que produce el no pago a termino de la obra social pueden obviarse???.
Y si alguien sin compromiso me puede explidar los conceptos 351, 302, 946 y 947. Muchas gracias a todos desde ya.