hola, tengo que hacer una segunda liquidación, la primera ya se cobro por embargo y no se el criterio del JFSS 4 respecto de hasta cuando calcular los intereses compensatorios de la primer liquidación
Desde el corte de la primera liquidación hasta la fecha de la resolución que ordena el embargo?; a la fecha del deox al banco para que proceda al embargo? ; a la efectivización del embargo?; A la notificación de la orden de transferencia al banco? etc?
alguien sabe?
Gracias