Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?
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Leo69 Meritorio
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Tema: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso? Mar Abr 11 2023, 11:43
Estimados foristas. Les hago una consulta. Trabajador con fecha de nacimiento 15/12/1957. Solamente tiene aportes RRDD 1 año y 5 meses 01/07/1998 - 30/11/1999. Sin otro aporte tampoco como autónomo. Mi consulta es si puedo utilizar para SICAM el beneficio por DDJJ del art. 3 ley 24476 y tomar como cese ficto el año 1999 o sea serían 5 años más para computar. Este beneficio de cese ficto igualmente se puede tomar de los años trabajados en relación de dependencia? Perdonen por esta pregunta básica pero me surgió esta duda. En qué resolución de anses se encuentran los años para computar de acuerdo al año de cese? Gracias por su ayuda.
Leo69 Meritorio
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Tema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso? Miér Abr 12 2023, 07:49
Pregunto nuevamente. Puedo tomar el año 1999 como año de cese por tener unos aportes en RRDD únicamente para aplicar el beneficio del art 3 Ley 24476 por DDJJ o sea 5 años en SICAM ? y luego si comprar mas años en moratoria. Gracias
NOELINA Colaboradores
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Tema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso? Miér Abr 12 2023, 10:53
HOLA: NO TE CONVENDRIA APLICAR LA NUEVA LEY 27705??
Leo69 Meritorio
Mensajes : 16
Tema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso? Miér Abr 12 2023, 14:40
NOELINA escribió:
HOLA: NO TE CONVENDRIA APLICAR LA NUEVA LEY 27705??
Si claro. Pero igualmente en el SICAM no se pueden cargar los beneficios del art 3 Ley 24476 por año de cese 1999? al comprar los años por moratoria.
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Tema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?
Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?
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