ÍndiceÍndice  Últimas imágenesÚltimas imágenes  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?

Ir abajo 
2 participantes
AutorMensaje
Leo69
Meritorio



Mensajes : 16

Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  Empty
MensajeTema: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?    Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  EmptyMar Abr 11 2023, 11:43

Estimados foristas. Les hago una consulta. Trabajador con fecha de nacimiento 15/12/1957. Solamente tiene aportes RRDD 1 año y 5 meses 01/07/1998 - 30/11/1999. Sin otro aporte tampoco como autónomo. Mi consulta es si puedo utilizar para SICAM el beneficio por DDJJ del art. 3 ley 24476 y tomar como cese ficto el año 1999 o sea serían 5 años más para computar. Este beneficio de cese ficto igualmente se puede tomar de los años trabajados en relación de dependencia? Perdonen por esta pregunta básica pero me surgió esta duda. En qué resolución de anses se encuentran los años para computar de acuerdo al año de cese? Gracias por su ayuda.
Volver arriba Ir abajo
Leo69
Meritorio



Mensajes : 16

Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  Empty
MensajeTema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?    Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  EmptyMiér Abr 12 2023, 07:49

Pregunto nuevamente. Puedo tomar el año 1999 como año de cese por tener unos aportes en RRDD únicamente para aplicar el beneficio del art 3 Ley 24476 por DDJJ o sea 5 años en SICAM ? y luego si comprar mas años en moratoria. Gracias
Volver arriba Ir abajo
NOELINA
Colaboradores
NOELINA


Femenino
Mensajes : 739

Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  Empty
MensajeTema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?    Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  EmptyMiér Abr 12 2023, 10:53

HOLA: NO TE CONVENDRIA APLICAR LA NUEVA LEY 27705??
Volver arriba Ir abajo
Leo69
Meritorio



Mensajes : 16

Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  Empty
MensajeTema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?    Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  EmptyMiér Abr 12 2023, 14:40

NOELINA escribió:
HOLA:  NO TE CONVENDRIA APLICAR LA NUEVA LEY 27705??

Si claro. Pero igualmente en el SICAM no se pueden cargar los beneficios del art 3 Ley 24476 por año de cese 1999? al comprar los años por moratoria.
Volver arriba Ir abajo
Contenido patrocinado





Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  Empty
MensajeTema: Re: Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?    Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?  Empty

Volver arriba Ir abajo
 
Beneficio Art 3 Ley 24476. Se puede tomar en este caso?
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» Jubilada quiere pensionarse, puede en este caso???
» En este caso se unifican cuiles??
» es correcto el uso de la 25321 en este caso?
» Como juega la res 555 en este caso
» Como se manejarían con el cobro en este caso?

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Previsional :: Sistema Previsional :: Jubilaciones Ordinarias-
Cambiar a: